Quiero presentar un proyecto

La nueva Ley de Donaciones Culturales entró en vigencia el 1 de enero de 2014. Su Reglamento fue publicado el 03 de marzo del 2014. Quien debe registrarse en el sistema Web es el “Encargado de Proyecto”.

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Quiero realizar una donación

La emisión y registro de certificados de donación se debe realizar por medio de la página Web del Comité de Donaciones Culturales. Ya no es necesario la impresión física de estos documentos, como tampoco acudir a una oficina del SII.

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Etapas de la Ley de donaciones
1. Sistema de Donaciones Culturales

Los beneficiarios que define la Ley pueden presentar sus proyectos al Comité Calificador de Donaciones Culturales. Cuando el Comité aprueba el proyecto, la Secretaría Ejecutiva emite un certificado y el beneficiario puede optar a que un resumen del proyecto se publique en el Banco de Proyectos Aprobados. Entonces, los distintos tipos de donantes que define la Ley pueden donar dinero o especies al proyecto aprobado y obtener a cambio beneficios tributarios.

2. Beneficiarios

Los beneficiarios que por ley pueden presentar proyectos al Comité Calificador de Donaciones Culturales son: Las Universidades e institutos profesionales, la Dirección de bibliotecas archivos y museos, DIBAM, los Museos estatales o municipales, los propietarios de inmuebles con declaratoria patrimonial, las bibliotecas, las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias funcionales, y las corporaciones y fundaciones.

3. Cómo Presentar un Proyecto

Para presentar un proyecto al Comité Calificador de Donaciones Culturales, cualquier beneficiario de la Ley puede ingresar a la plataforma y completar el formulario señalando el lugar de ejecución, público objetivo, las actividades comprendidas, el presupuesto y el tipo de proyecto que se trata: Funcionamiento, infraestructura, patrimonio cultural, actividades o equipamiento.

A Empresas: Cápsula sobre beneficios tribitarios de la Ley de Donaciones Culturales

Cápsula preparada por el Servicio de Impuestos Internos, la que que resume los beneficios tributarios de la Ley de Donaciones con Fines Culturales.

A Personas Naturales: Cápsula sobre beneficios tribitarios de la Ley de Donaciones Culturales

Cápsula preparada por el Servicio de Impuestos Internos, la que que resume los beneficios tributarios de la Ley de Donaciones con Fines Culturales para los aportes en cultura que realicen las personas naturales.

Charla informativa de la Ley de Donaciones Culturales

Charla organizada por la Secretaría Ejecutiva de la Ley de Donaciones con Fines Culturales y dictada por profesionales del Servicio de Impuestos Internos sobre los aspectos técnicos y beneficios tributarios de esta ley.

¿Por qué donar por cultura?

Colaboraron en este video con imágenes: Archivo Fundación Teatro a Mil, Cinépata, Corporación de Adelanto “Amigos de Panguipulli”, Fundación Altiplano Monseñor Salas Valdés, Fundación Imagen de Chile, Fundación la Fuente, Fundación Puerto Ideas, Museo Chileno de Arte Precolombino, Teatro del Lago y Teatro Municipal de Santiago.

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