Comité de Donaciones Culturales

El Comité de Donaciones Culturales es el órgano encargado de conocer y evaluar los proyectos culturales presentados por los beneficiarios de la ley de donaciones con fines culturales. Éste puede aprobar, condicionar o rechazar un proyecto. El condicionar se aplica en aquellos casos en que el Comité tiene observaciones sobre algún ítem del proyecto evaluado, ya sea sobre la retribución cultural, sobre la falta de algún documento u otro caso, solicitando al beneficiario que corrija ese ítem para una mejor comprensión de la iniciativa y su posterior calificación.

Además, supervisa la ejecución de los proyectos aprobados, solicitando a los beneficiarios cada año, un informe con el estado de las fuentes y uso detallado de los recursos recibidos en cada proyecto. En base a esta revisión, el Comité ha establecido criterios, tanto para la presentación de proyectos, como para la ejecución y rendición de los mismos, todos ellos formalizados en Actas y/o Resoluciones de sesión Extraordinaria u Ordinaria respectiva.

Quiénes lo conforman
El Comité está integrado por:
  • Ministro(a) del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (o su representante) quien lo preside
  • Representante del Ministro de Hacienda
  • Representante del Senado designado por los dos tercios de los senadores en ejercicio.
  • Representante de la Cámara de Diputados designado por los dos tercios de los diputados en ejercicio.
  • Representante de la Confederación de la Producción y del Comercio.
  • Dos representantes de las organizaciones culturales, artísticas, de urbanismo o arquitectura y patrimoniales
  • Un galardonado con el Premio Nacional de Artes Plásticas, de Artes Musicales, de Artes de la Representación o de Literatura.

La conformación actual de los miembros del Comité de Donaciones Privadas Culturales es:

  • Señora Carolina Arredondo Marzán, Presidente(a) del Comité
  • Señor José Alvarado O´nell, Representante del Ministro de Hacienda
  • Señor Alfonso De Urresti, Representante del Senado
  • Cargo en asignación, Representante de la Cámara de Diputados
  • Señora Carolina Agüero Aguirre, Representante de la Confederación de la Producción y del Comercio
  • Señora Jennifer McColl Crozier, Representante de las Organizaciones Culturales, Artísticas, de Urbanismo o Arquitectura y Patrimoniales
  • Señor Juan Lund Plantat, Representante de las Organizaciones Culturales, Artísticas, de Urbanismo o Arquitectura y Patrimoniales
  • Señora Miryam Singer González, Galardonada Premio Nacional de Artes Musicales
Cómo funciona
El Comité se reúne periódicamente para revisar y evaluar los proyectos culturales presentados a la Secretaría Ejecutiva, contando con un plazo de 60 días hábiles para pronunciarse sobre los proyectos.

Durante las sesiones se revisan los proyectos y cada integrante vota y en caso de empate, el Presidente tiene voto dirimente. Los proyectos son aprobados, evaluados con condiciones o rechazados.

En cada sesión del Comité de Donaciones Culturales, el Secretario Ejecutivo toma nota y publica un acta con los temas tratados en las reuniones y los acuerdos establecidos. Así también, en cada sesión se emiten resoluciones donde se certifica la aprobación, evaluación con condiciones o rechazo de proyectos culturales.

Además, el Comité debe enviar al Servicio de Impuestos Internos un listado de los beneficiarios y de sus proyectos aprobados en el año calendario anterior.

Revisa aquí los documentos del Comité

Criterios del Comité

De acuerdo a las revisiones realizadas por la Secretaría Ejecutiva para la ejecución y control de proyectos, o bien, tomando en consideración las directrices establecidas por el Comité, se definen parámetros para velar por una correcta ejecución de loa proyectos aprobados y un mejor control por parte de los Beneficiarios.

Los criterios más relevantes dicen relación con:

1. Duración de Proyectos

Con el fin de ejecutar y contralar de mejor manera los proyectos aprobados por Comité, los beneficiarios deberán organizar y analizar la ejecución de sus proyectos dentro del año calendario, a excepción de proyectos de Infraestructura.

  • Para proyectos del tipo Funcionamiento, Actividades y Equipamiento, el Comité define una duración máxima de 12 meses para su ejecución, pudiendo extender su plazo por medio de una solicitud de modificación.
  • Para proyectos del tipo Infraestructura y Patrimonio Cultural que involucren ejecución de obras, el Comité define una duración máxima de 18 meses para su ejecución, pudiendo extender su duración por medio de una solicitud de modificación.

2. Plazo (corrección observaciones)

Los Beneficiarios deberán entregar respuesta a las observaciones en los procesos de revisión de proyectos nuevos, solicitudes de modificación de proyectos aprobados y procesos de revisión de informes de rendiciones de proyectos aprobados dentro del plazo establecido por la Secretaría Ejecutiva del Comité. Este plazo podrá ser prorrogable a solicitud de los Beneficiarios. Para el caso que los Beneficiarios no hayan subsanado las observaciones formuladas por la Secretaría Ejecutiva o no hayan entregado respuesta dentro de plazo, la Secretaría Ejecutiva informará de dicha situación al Comité.

3. Documentos de Admisibilidad

Los Beneficiarios deberán acompañar, entre otros antecedentes, los siguientes documentos de admisibilidad:

  • Respecto al poder del representante legal de la Organización, los Beneficiarios deberán acompañar una copia de la escritura pública que reduce el acta de la sesión de Directorio de la Organización, por la cual se designaron los mandatarios que pueden actuar en representación de la Organización. Dicho documento consiste en un acta de Directorio firmada por los actuales directores de la Organización, por la cual se otorgan a los mandatarios facultades generales de administración, facultades bancarias y financieras, facultades de libre disposición de bienes, facultades laborales, facultades judiciales, entre otras. Un modelo de dicho documento, lo pueden encontrar en la sección «Documentos» en el siguiente link: PRESENTA TÚ PROYECTO. Luego, este documento debe ser reducido a escritura pública ante Notario Público.
  • Respecto al vínculo idóneo para los proyectos de tipo Equipamiento y/o Infraestructura, los Beneficiarios deberán acompañar un contrato idóneo que acredite el vínculo jurídico entre este último y el inmueble sobre el cual se desarrollará el proyecto de tipo Equipamiento y/o Infraestructura, según corresponda.
Secretaría ejecutiva
La Secretaría Ejecutiva de Donaciones Culturales Privadas se encuentra alojada dentro del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y está a cargo de un Secretario Ejecutivo y un equipo de profesionales que se encargan de canalizar los procesos de admisión de beneficiarios y revisión de proyectos entre los beneficiarios y el Comité de Donaciones Culturales. Así también, es la Secretaría Ejecutiva, a través de su Secretario, quien se encarga de elaborar un informe de los proyectos culturales para presentarlos a evaluación del Comité de Donaciones Culturales.

Quiénes son:

Agustín Almonte Barrientos
Secretario Ejecutivo (S)
agustin.almonte@cultura.gob.cl

Carmen María Flores Sepulveda
Abogada
carmen.flores@cultura.gob.cl

Leonardo Mosso Zepeda
Profesional de apoyo
leonardo.mosso@cultura.gob.cl

Fernando Alfaro Mallada
Profesional de apoyo
fernando.alfaro@cultura.gob.cl

Daniela Barra Novoa
Profesional de apoyo
daniela.barra@cultura.gob.cl

Sylvia Morales Alvear
Secretaria
sylvia.morales@cultura.gob.cl

Informe anual del comité
Cumpliendo con lo establecido en la nueva Ley de Donaciones Culturales en su artículo número 20: «Mecanismos de información», se deja a disposición para fines de información, informe con datos generales y en términos agregados, los proyectos presentados y aprobados en sesiones de Comité, desde el periodo 2014 en adelante.

Los datos que se presentan corresponden a los proyectos y montos efectivamente aprobados por cada periodo. Los recursos recibidos (donaciones) corresponde a información inicial que la Secretaria Ejecutiva registra en base a los certificados de donaciones que los beneficiarios declararon hasta el momento en que es generado el informe. Por lo tanto, los valores indicados en donaciones no representa información que permita evaluar el logro de los proyectos aprobados, debido a que éstos cuentan con 12 meses, desde que son aprobados, para declarar el inicio del proyecto, y luego tienen, dependiendo de cada proyecto, hasta 36 meses para ejecutar su iniciativa. Es decir, luego de 48 meses se puede llegar a conocer el monto donado en cada periodo.

Sesiones Comité Donaciones Culturales 2023
De acuerdo a lo indicado en la Ley de Donaciones Culturales y su Reglamento, en la primera sesión del año se establece calendario de sesiones ordinarias para el periodo en curso. Es por ello que, luego de realizada esta sesión, se publican las fechas tentativas en las que sesionará el Comité de Donaciones Culturales para calificar proyectos durante el periodo 2023.

Para que un proyecto pueda ser presentado y calificado en una sesión ordinaria se deben cumplir las siguientes condiciones fundamentales:

*El Beneficiario debe enviar su proyecto con la debida antelación para que pueda ser revisado y presentado de manera correcta ante el Comité. En caso que esto no se cumpla, pasará a la siguiente sesión. Se recomienda enviar la iniciativa cultural con a lo menos dos meses y medio de antelación a la fecha estimada de su inicio.

*Los proyectos deben haber sido recibidos por la Secretaría Ejecutiva, quien debe reportar todos los proyectos a calificar en sesión con una semana de anticipación a los miembros del Comité. A su vez la Secretaría Ejecutiva debe contar con el tiempo suficiente para poder revisar y analizar dichos proyectos.

*Que exista un quórum mínimo de cuatro de los ocho miembros para realizar la sesión de Comité.

Usted debe considerar que desde la fecha de envío del proyecto, el Comité cuenta con un plazo máximo de 60 días hábiles (lunes a viernes) para entregar una respuesta, y no puede iniciar la ejecución de su proyecto como tampoco recibir donaciones bajo la Ley de Donaciones Culturales antes de la fecha de aprobación por resolución administrativa que lleva a efecto la sesión del Comité. Es decir, debe considerar los plazos administrativos previos y posteriores a cumplir para que el proyecto sea totalmente aprobado ante esta Ley. Por lo anterior, se recomienda enviar la iniciativa cultural con a lo menos dos meses y medio de antelación a la fecha estimada de su inicio.

CALENDARIO TENTATIVO | SESIONES 20223

Periodo N° Sesión Último día recepción proyectos* Fecha Sesión Estado
2023 01 30/12/2022 19/01/2023 Realizada
2023 02 17/02/2023 16/03/2023 Pendiente
2023 03 31/03/2023* 27/04/2023* Pendiente
2023 04 21/04/2023 18/05/2023 Pendiente
2023 05 26/05/2023 22/06/2023 Pendiente
2023 06 23/06/2023 20/07/2023 Pendiente
2023 07 28/07/2023 24/08/2023 Pendiente
2023 08 01/09/2023 28/09/2023 Pendiente
2023 09 22/09/2023 19/10/2023 Pendiente
2023 10 27/10/2023 23/11/2023 Pendiente
2023 11 17/11/2023 14/12/2023 Pendiente

*Se cambia sesión desde el jueves 20 al 27 de abril. Por consiguiente, se cambia fecha de recepción del viernes 24 al 30 de marzo

IMPORTANTE
El calendario de sesiones ordinarias es tentativo. Por lo tanto puede sufrir modificaciones, es por esto que se recomienda enviar la iniciativa cultural con a lo menos tres a dos meses y medio de antelación a la fecha estimada de su inicio.

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